De nuevo se mueve la bolsa de Valores de la pornografía infantil!
De risa, de congoja, de absurda y cínica sentencia.
Y antes de continuar, me permito informar sobre la macabra alianza, que seguramente involucrará ahora a los abogados de alias "indignado" cuyas amistades incluyen ya a Porlaverdad3, depredador sexual de niñas cuyo antecedente tiene esta presentación: "
No todas las niñas de dos años teniendo sexo son violadas...", amigos personales y en la
Asociación de Internautas.
** Según El Mundo.es, La Audiencia de Málaga (tribunal judicial España) acaba de encontrar
la cura contra la PEDOFILIA!
Lo que no ha encontrado la ciencia, unos magistrados han decretado que un pornógrafo infantil que "disfrutaba" de su condición sexual de pedófilo (pederasta en progreso), puede curarse si se somete a "un curso de educación sexual" y que no cometerá más delitos. Menuda fórmula médico-judicial acaban de firmar estos dignísimos "médicos judiciales" en Málaga España. Porque no dan el mismo trato que a los terroristas? frente a los terroristas, los pedófilos, pederastas y pornógrafos infantiles, por ser de mente igualmente macabra y dañina resultan ,los primeros ser unas mansas ovejas frente a los abusadores sexuales de niños.
Así es como se hecha a perder el trabajo que las autoridades policiacas realizan, todo su esfuerzo se va a la caneca de la basura por orden judicial, bonito así; tal cual la
Asociación de Internautas, que permite la difusión y promoción de sitios pedófilos y de criminales sexuales que gozan de cierta protección en la red, de un supuesto acusado de pornografía infantil alias "INDIGNADO" con una farsa de proceso que mantienen viva, por puro interés económico, pero claro, vayamos al COMPLOT EN FAVOR DE LA PEDOFILIA, PORNOGRAFÍA INFANTIL Y PEDERASTIA EN ESPAÑA, que muy sencillo entender la cuestión, además eso si, saber, como y porqué se mueve la bolsa de valores de la pornografía infantil en Europa.
Quede claro la "Alianza entre pedófilos, pederastas, pornógrafos infantiles y alias Indignado, que se promociona a través de la Asociación de Internautas de España y que se ha denunciado en el pasado.
Ref:
Complot pro-pedofilia, pornografía infantil EspañaRef:
Bolsa de valores pornografía Infantil EuropaUsó un programa de intercambio de archivos para distribuir fotos y vídeos
No irá a prisión pero debe asistir a un curso y no cometer más delitos
Europa Press
Málaga Actualizado domingo 27/06/2010 13:50 horas
La Audiencia de Málaga ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión de dos años impuesta a un hombre por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil con la condición de que el acusado participe en un curso de educación sexual y no cometa más delitos.
La sentencia considera probado que en octubre de 2008, el acusado, con apenas 21 años de edad entonces, empleó un programa de intercambio de archivos informáticos con lo que "puso a disposición de los internautas usuarios de la Red" un archivo previamente bajado.
Dicho archivo fue examinado por la Policía de Valencia y, según la resolución de la Sección Primera, a la que tuvo acceso Europa Press, resultó contener archivos comprimidos de fotos y vídeos de contenido pornográfico en los que aparecían menores y adultos.
En la búsqueda que de ese archivo hizo la Policía aparecía el acusado, entre otros, compartiéndolo, tras lo que se identificó el titular de la línea telefónica, a nombre de la madre del chico, y se realizó un registro en el domicilio. De esta forma, sigue la sentencia, se comprobó que en ese momento compartía estos archivos.
Al comenzar el juicio, el acusado y su defensa mostraron su conformidad con la calificación del fiscal, quien en ese momento informó a favor de que se le suspendiera la pena privativa de libertad de dos años que fue impuesta con la obligación de que se sometiera a un programa formativo en materia sexual.
Así, la Sala condena al acusado a dos años de cárcel y señala que en este caso se dan "aparentemente" los requisitos exigidos por el Código Penal para poder suspender la ejecución de dicha condena, por lo que se concede al acusado ese beneficio por un periodo de cuatro años, tras lo que se procederá a la remisión definitiva.
indignado7777 Dice:
Junio 25, 2010 en 10:34 pm | Responder
Como te he dicho le tengo miedo a la ignorancia. Si enlazara tu blog creo que me crucificarían. No dudes que si algún día me llega el valor y tus argumentos me parecen convincentes, enlazaré tu blog.
De momento sigo nublado por la pedofilofobia.
Estamos ante el típico guión cinematográfico. La Sociedad compara a un pedófilo como si fuera un vampiro. “Tú eres un vampiro que evitas tomar sangre humana”. Pero yo si aceptara tu enlace, me convertiría en uno de vosotros.
No haré comentarios sobre nveles culturales de policias. Que cada cual juzgue por su experiencia. O que mire una peli de Luis de Funes.
"hasta un total de 15.355 imágenes y 207 vídeos, con escenas de sexo explícito, felaciones y penetraciones en las que participaban menores".
Que es la definición de porno infantil. Pero no en todos los casos que se menciona porno infantil esto es realmente así. y en este caso habría que saber en qué proporción.
"fue capaz de introducir su propio nick o alias en sustitución del que aparece por defecto, lo que supone acceder a ciertas herramientas del programa y un mínimo manejo del mismo"
A esto llega cualquiera. Es la parte más sencilla y evidente. No presupone que se sea capaz de hacer cosas más sofisticadas.
La IP... "era público al haberlo introducido en la red el propio usuario, el acusado, al utilizar el programa P2P" de intercambio de archivos.
Esto no es así. La IP se considera un dato de caracter personal, protegido por la ley de protección de datos. No la introduce el usuario, esta parte es literalmente falsa.
"cuanto más material se comparta, más posibilidades hay de acceder a otros archivos", por lo que el usuario que lo instala "no puede ignorar tal forma de funcionar, única que explica el fácil acceso y descarga de tan elevadísimo número de archivos a través de internet".
Falacia. El usuario puede ignorar esos detalles y no por eso dejará todo de funcionar correctamente. Tampoco es cierto que si subes más cosas accedas a más contenido, aunque la velocidad sí se vea afectada, al final las cosas bajan igualmente. Luego, el argumento mencionado en la notícia es 100% falso: en absoluto explica nada y ni mucho menos es la única forma de explicarlo.
por su carácter "especialmente abominable y repugnante"
Esto ya ralla en la prevaricación. Un juez NO puede basar una sentencia, ni siquiera mínimamente en lo que a ÉL la parezca o no abominable, repugnante o cualquier otro tipo de consideración personal. Esto es así, básicamente, para proteger a los acusados de la ignorancia de los jueces, como es este el caso.
A mi estos pedófilos me dan más pena que otra cosa. Este tipo, por una parte no le ha hecho daño a nadie (por ilegal que sea bajarse ese material), pero es que no ha sido capaz de preguntarle a alguien, o buscar en internet, como acceder a material ilegal de forma segura. Es un pringado.