Tuesday 21 September 2010

Sacerdote católico Julio César Grassi Condenado a 15 años por pederasta. Se BUSCA! excepto en Argentina.

¡VERGUENZA! VERGUENZA!! VERGUENZA!!! VERGUENZA!!!! VERGUENZA!!!!!
EL NUEVO ORDEN MUNDIAL
DESDE TRIBUNALES ARGENTINOS:
No llores por mi, Argentina.......


1800 años de impunidad celestial.
Romanos 3:28

"Afirmamos por lo tanto que el hombre se justifica por la fe con independencia de las obras que manda la ley"
Pablo siempre fue un adelantado, un visionario ... menudo era ... ¿es? ¿será?
Un tribunal ordenó que el cura quede libre hasta que resuelva la Corte. Fue sentenciado a 15 años por abuso sexual de dos menores.
Fuente Original losandes.com.ar
El Tribunal Oral Criminal N 1 de Morón resolvió dejar en libertad a Julio César Grassi y por primera vez le prohíbe al cura, condenado en segunda instancia a 15 años de prisión por abusar sexualmente de un joven de la Fundación Felices los Niños, ingresar a la institución.
En la resolución a la que tuvo acceso Télam hoy, el TOC N1 de Morón dispuso "no hacer lugar, por improcedente, a la revocación de la libertad vigilada o alternativa de la prisión preventiva, ni a la detención de Julio César Grassi, invocadas por el representante del Ministerio Público Fiscal y los letrados (Sergio Piris y Juan Pablo Gallego) por los motivos expuestos".
El TOC N1 está hoy integrado por Luis María Andueza, Mario Daniel Gómez y Julio Cesar Báez, este último en reemplazo del juez Carrera, que recientemente se jubiló.
La resolución de la causa refiere al artículo 371 del Código Procesal Penal, que establece que no resulta un imperativo la detención del imputado ante la imposición de una condena de efectivo cumplimiento, no firme.
En el punto II de la declaración, se ordena "mantener en libertad a Julio César Grassi, en las mismas formas y condiciones otorgadas (...) hasta tanto la sentencia dictada por este tribunal el 10 de junio del 2009 se encuentra firme, en autoridad de cosa juzgada".
En los considerandos de la resolución, el TOC N1 establece que "la destrucción del estado de inocencia y el consecuente encierro efectivo del encausado sólo puede operar habiéndose agotado la totalidad de instancias ordinarias y extraordinarias".
Los jueces señalan que, con estas instancias, "la ley procesal y los pactos internacionales consagran el derecho del encausado a recurrir la sentencia adversa, oportunidad en la que cosa juzgada estabiliza las relaciones procesales, y habilita, recién allí, la eventual aprehensión del encausado".
Asimismo, se alude a la Constitución Nacional que "consagra categóricamente el derecho a la libertad física y ambulatoria e impone el deber de considerar y tratar a todo individuo como inocente hasta que en un juicio respetuoso del debido proceso se demuestre lo contrario mediante una sentencia firme".
En tanto, señala que la Carta Magna obliga a "descartar que toda restricción de la libertad del imputado durante el proceso debe poseer como fundamento la existencia de riesgos procesales concretos; esto es, peligro de fuga o entorpecimiento de las investigaciones".
El ítem III de la resolución el tribunla dispone que "Grassi continúe con el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas, bajo apercibimiento, que consisten en presentarse el primer día hábil de cada mes ante el juzgado, en mantener el domicilio real en el ámbito de la provincia de Buenos Aires y fuera de cualquier sede o dependencia de la Fundación Felices los Niños.
También le prohíbe ausentarse de su domicilio por un lapso mayor a las 24 horas y emigrar de la República Argentina sin autorización judicial y tener contacto con alguna persona menor de edad, en lugar cerrado y a solas.
Además, le impide acercarse, referirse públicamente y comunicarse intencionalmente con las víctimas y con cualquier otra persona intímamente vinculadas a ellas.
En tanto, expresamente le prohíbe a Grassi ingresar a la Fundación Felices los Niños, en cualquiera de sus sedes o dependencias, en ningún tipo de horario y bajo ningún concepto, bajo apercibimiento de proveer lo que por derecho corresponda.
La resolución del TOC N1 fue emitida el viernes pasado en respuesta al pedido de los fiscales Alejandro Varela y Carolina Rodríguez, y de Sergio Daniel Piris, en representación de "Gabriel", y de Juan Pablo Gallego, como apoderado del CASACIDN para que se procediera a la inmediata detención de Grassi, tras el fallo del 14 de septiembre pasado, cuando la Sala II del Tribunal de Casación Penal Provincial, confirmó la condena.
**  Fundación felices los niños Fundador, dueño y señor 
Genios al servicio del mal...

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